Los certificados de inscripción ante el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud (R.N.P.) vencen cada cinco (5) años.
En los días previos a la fecha de vencimiento debe iniciar los trámites para actualizarlo, pudiendo hacerlo en forma directa o a través de esta Asociación Médica de Rosario.
Sólo se realiza el trámite de inscripción o renovación a los socios de AMR.
Para actualizarlo debe cumplimentar la Declaración Jurada de Reinscripción y adjuntar el certificado original vencido.
Si desea consultar sobre el tema llame o concurra a nuestra Oficina de Prestadores de lunes a viernes de 7 a 14 horas.
A partir del 14/01/05 comenzó a regir…
la Resolución 37/2005 de la Superintendencia de Servicios de Salud, cuyo objetivo es simplificar el trámite de reinscripción de profesionales con Certificados de Inscripción al RNP vencidos luego de esa fecha.
La nueva norma exige:
– Completar la Solicitud de Reinscripción.
– Tramitar y adjuntar el Certificado de Etica Profesional y Matricula Activa, extendidos por el Colegio Médico de la Provincia de Santa Fe – 2da. Circunscripción (este trámite lo resuelve AMR Gestión, debera estar al día con las cuotas del colegio ).
– Si incorpora una nueva especialidad a la inscripción originaria deberá remitir título de especialista o resolución de la misma y fotocopia doble faz sin autenticar.
– Si incorpora una matrícula profesional distinta a la denunciada en la inscripción originaria deberá remitir fotocopia sin autenticar de la matrícula profesional.
La anterior Resolución 119/99 sigue vigente para los siguientes casos:
a) Inscripción de Profesionales por primera vez
b) Reinscripción con Certificados de Inscripción vencidos con anterioridad al 14/01/2005
Los Requisitos de la Resolución 119/99 son:
1. TITULO PROFESIONAL ORIGINAL con certificación de firmas del Rectorado y Ministerio de Educación de la U.N.R. al dorso (que se tramita en calle Maipú 1065 / 3º piso / Oficina 3).
2. FOTOCOPIA SIMPLE (sin autenticar) DE LA RESOLUCION DE LA ESPECIALIDAD.
3. FOTOCOPIA SIMPLE (sin autenticar) del C.U.I.T. o C.U.I.L.
4. FOTOCOPIA autenticada por ESCRIBANO PUBLICO DE LAS DOS PRIMERAS HOJAS DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD y la página donde figura el domicilio actualizado – D.N.I./ L.C. / L.E. / C.I. Mercosur, según corresponda-.
Deberá estar al día con el pago de las cuotas del Colegio de Médicos quien emite certificados de matrícula activa , ética profesional y autentica fotocopia de Resolución de la Especialidad.
VALOR $ 40: si faltara en el título original de médico la certificación del Ministerio del Interior que se tramitan en Buenos Aires.
SI EL TÍTULO DE MÉDICO TUVIERA LOS SELLOS DE COLEGIO DE MÉDICOS, RECTORADO, MINISTERIOS DE EDUCACIÓN E INTERIOR puede presentar fotocopia autenticada por Escribano Público para entregar en la Superintendencia de Servicios de Salud no debiendo abonar los $40 .
Nota: El Médico debe concurrir personalmente con el sello para cumplimentar la Declaración Jurada
Recordamos a los profesionales que:
– Deben INSCRIBIRSE los profesionales que nunca realizaron el trámite.
– Deben REINSCRIBIRSE los prestadores que tienen vencido el certificado de inscripción.
– Los prestadores con certificado de inscripción vigente, que hicieron la gestión individualmente, deben hacernos llegar fotocopia del mismo para gestionar su ingreso a la Red Asociación Médica de Rosario de la S. S. Salud. El trámite se efectúa a través de AMR Gestión – Oficina de Prestadores de lunes a viernes de 7 a 14 horas.
Ante cualquier duda solicite información a prestadores@amr.org.ar, teléfono 425-23-13, interno 127.